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lunes, 30 de junio de 2014

AVANCES EN NUEVA LEY DE INCENTIVO AL RETIRO : ANFUTEM 2.0 INFORMA

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DURANTE PRIMEROS DIAS DE JULIO MINISTERIO DARA A CONOCER NUEVO PROYECTO  DE LEY.
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DE UTEM-TODOS
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Estimadas Socias y Socios de Anfutem 2.0

En reunión realizada el día 26 de mayo, en dependencias del Ministerio de Hacienda, entre dirigentes de los trabajadores de las Universidades Estatales y representantes de Hacienda, el  Sr. Rodrigo Lavanderos,  por  la Dipres la Sra. Abogada Patricia Orellana y  la presencia de Carlos Inzunza, Coordinador de la MSP de la CUT.- se ha llevado a efecto la 5º reunión de negociación con el gobierno por la ley de incentivo al retiro.

A continuación se informan los tres puntos en que se basó la reunión planteados por el gobierno:

1.- El gobierno una vez más señala, el respeto al acuerdo adquirido en el gobierno anterior, traducido en un protocolo, ya conocido por todos.-

2.- Análisis de Consistencia (sentido y alcances de lo acordado en el protocolo),  expuesto por la Dipres, en voz de la Sra. Patricia Orellana.-

Este se realiza punto por punto, señalando y solicitando a la Confuech, argumentar las peticiones plasmadas en el petitorio,  más otras incorporadas por la Coordinadora  que aumentan las coberturas, plazos y casos especiales, todo esto en función de lograr la mayor cobertura posible, en beneficio de quienes se jubilan.-

3.- Realizadas las observaciones y argumentaciones, el gobierno muestra satisfacción al respecto, mostrando conformismo y señalan que analizaran las peticiones para incorporarlas al proyecto, de tal forma que estén en concordancia con la ley (Proyecto).-

Concluida esta etapa, el Sr. Lavanderos fija la próxima reunión para la primera quincena de Julio, momento que se conocerá la redacción del Proyecto que será enviado al Congreso y cuyo Ingreso  se efectuará en  Julio del 2014.-

Atte.  Directorio   ANFUTEM 2.0
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4 comentarios:

  1. Claudio sería interesante que tuvieras acceso a la reunión que tuvo Martinez el director de educación superior con el CRUCH.
    Donde expreso algunos puntos interesantes.
    1.- Para este año solamente se van a centrar en becas a los estudiantes y focalizarse en solo 2.
    2.- No habrá un aumento de presupuesto hasta que no existan propuestas concretas. Y le expreso con claridad que está esperando las propuestas concretas de los rectores del CRUCH.
    3.- Como poco se sabe las alternativas que el MINEDUC tiene sobre educación superior y solo algunos nombres de los asesores como Rocco y aquí viene lo anecdotico el rector Sanchez le pregunto si algunos de los que estaban en la reunión lo estaba asesorando. Y después de un largo silencio (cri-cri) la secretaria del consejo dijo que estaba y nombro a Del Valle que tuvo que reconocer tambien y así aparecieron 10 nombres, Atria, Garcia-Huidobro, entre otros.
    Raya para la suma.
    a.- La UTEM con Luis Pinto no tiene voz y voto en la discusión sobre educación superior. Sus pares no lo consideran para ninguna tarea.
    b.- Ojo que algunos nombres se repiten de los que hicieron los cambios en educación superior los últimos 20 años.

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  2. Esperemos que ahora Lucho se entusiasme y ase acoja

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  3. Lucho, por favor, hazlo por nosotros..., aprovecha esta oportunidad

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  4. ¿Quien tiene el listado de quienes serán los académicos obligados o beneficiados de la Ley?

    "La propuesta también plantea que no se apliquen los plazos (la renuncia se debe realizar en el trimestre en que cumplen 60 años, en el caso de las mujeres; y 65 años, los hombres) y las reducciones del beneficio (descuento de un mes, por cada semestre de permanencia posterior a cumplir 60 o 65 años, según corresponda) para quienes cumplieron o cumplan 60/65 años entre el 1 de agosto de 2010 y el 30 de junio de 2014 y para quienes se retiren hasta el 31 de marzo de 2015 (presentando su renuncia en los 90 días siguientes a la publicación de la ley).

    Esta norma fue considerada para beneficiar a aquellos que no se acogieron a la ley que incluyó un incentivo al retiro (Ley 20.212) y que expiró el 31 de julio de 2010.

    La iniciativa contempla un beneficio adicional de 395 UF y la postulación al bono post laboral de la Ley 20.305 en nuevos plazos, para quienes cumplan con los siguientes requisitos:

    1. Percibir la bonificación por retiro de la Ley 19.882.
    2. Tener 20 años de servicio en la administración del Estado.
    3. Ser afiliados al sistema de pensiones.
    4. Para contratos del Código del Trabajo en el ámbito del sector público, se agrega la causal de cesación considerada en su artículo 161 (necesidades de la empresa, establecimiento o servicio, tales como las derivadas de la racionalización o modernización de los mismos, bajas en la productividad, cambios en las condiciones del mercado o de la economía, que hagan necesaria la separación de uno o más trabajadores).

    Para funcionarios con iguales requisitos a los anteriores, también se contempla la entrega de un bono por antigüedad de 10 UF por cada año de servicio sobre los 40, con tope de 100 UF.

    Asimismo, se contempla un bono especial de permanencia de 5 UF por cada año de servicio sobre los 20, con tope en las 100 UF, para quienes cumplan las anteriores exigencias y que, además, desempeñen un cargo de planta o estén asimilados a los siguientes estamentos: profesionales (o percibir asignación profesional), directivos, fiscalizadores y jefaturas.

    Para quienes se hayan retirado entre el 1 de enero de 2011 y el día previo a la publicación de esta ley se considera también la entrega del bono de 395 UF, cumpliendo los requisitos generales ya señalados.

    El proyecto considera, además, una facultad para los jefes de servicios para solicitar la renuncia a quienes tengan cumplidos 65 años de edad, en el caso de los hombres, y 60 años, en el de las mujeres, al 31 de julio de 2010 (los cupos ya vienen definidos en la iniciativa, servicio por servicio). En estos casos se exigirán los requisitos generales ya señalados para el otorgamiento de la bonificación especial; se prevé la postulación al bono post laboral en nuevos plazos; y la entrega de la bonificación por retiro de la Ley 19.882.

    El texto contempla una limitación general para los beneficiarios de esta ley, en orden a no ser contratados, ya sea a contrata o sobre la base de honorarios, en ninguna de las instituciones que conforman la administración central del Estado, durante los cinco años siguientes al término de su relación laboral, a menos que, previamente, devuelvan la totalidad del beneficio percibido."

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