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jueves, 15 de mayo de 2014

Proyecto de interventor a planteles en crisis: Dan más poder al Consejo Nacional de Educación . Y Comisión de Hacienda aprueba el proyecto sin votos en contra.

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DE LA SEGUNDA.COM
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PÁRRAFOS EXTRACTADOS
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Los mayores cambios se centraron en dos puntos
El primero fue ajustar la facultad del administrador provisional de revocar contratos ya celebrados (como estaba en el proyecto original) a una figura del Código de Procedimiento Civil que permite cuestionar contratos hechos de mala fe, lo que debe ser definido por un juez.
"Nuestro objetivo fundamental es proteger el derecho de los estudiantes y no suscitar una discusión constitucional (...) Nuestras indicaciones tienen por objeto hacer aún más garantista esta ley para las partes involucradas", dijo el ministro a los parlamentarios antes de que partiera la votación.
De esta forma, el Ejecutivo logró evitar entrar en una discusión de inconstitucionalidad, ya que se había advertido que algunas facultades que pedía el gobierno en el proyecto original violarían el derecho de propiedad.
El segundo cambio fue otorgar mayor poder al Consejo Nacional de Educación (CNED) en todo el proceso, de manera que el Mineduc requiera su respaldo explícito para actuar en esta materia.
Para ello, se elevaron los quórum en varios de los artículos al establecer que las decisiones en ese organismo deben ser tomadas por la mayoría de sus miembros "en ejercicio" y no miembros "presentes" en la sesión (hoy 10 miembros).
Si bien la oposición buscó que todas las actuaciones del CNED fueran en ese tenor, no lo consiguió, ya que tanto el ministro Eyzaguirre como los diputados de la Nueva Mayoría advirtieron que se le estaban entregando demasiadas atribuciones.
Incluso algunos parlamentarios hablaron de co gobierno y otros advirtieron que si no asistía la mayoría de los miembros del CNED a sus sesiones, ello podría paralizar todas las decisiones del administrador.
También se estableció que no podrá ejercer como administrador provisional quien en un plazo de cinco años antes de ser nombrado se haya desempeñado en la institución o alguna de sus empresas relacionadas. Antes era un año.
También se introdujeron artículos nuevos: Que el Mineduc debe lograr el acuerdo del CNED para remover al administrador provisional si así fuere necesario y además la facultad del administrador provisional para devolver, al término de su gestión, la institución a sus titulares "incluyendo todos sus bienes".

4 comentarios:

  1. Duro golpe para Eyzaguirre y el MINEDUC porque el CNED lo forman 10 miembros de los cuales 7 son nombrados por el Presidente de la República , 1 por el CRUCH , 1 por Ues privadas y 1 por los IPs y CFTs . O sea la Presidenta se reserva la palabra final en las intervenciones.

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  2. En relación a los planteles que operan con docentes que no tienen los titulos requeridos para impartir docencia en las carreras universitarias:
    "Francisco Martínez, jefe de Educación Superior del Mineduc, explicó que situaciones como las ocurridas con Medicina en la U. del Mar darían pie a este tipo de intervención."
    Al respecto la UTEM como una universidad tecnológica tiene serios problemas con las carreras de ingenieros civiles y los ingenieros con licenciatura en Macul y en el Centro, al dictar estas carreras con ingenieros de ejecución o profesores de estado sin doctorados. Las cuales darian pie a una intervención . La carrera de arquitectura está peor por la falta de arquitectos. La FAE en problema con los ingenieros comerciales y Trabajo Social está fuera de la Misión UTEM por ley 19.239

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  3. Que se apuren..., para alcanzar a salvar a la UTEM

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  4. Que paso con los doctores con título de ejecución?

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