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DE : CONTRALORÍA GENERAL.CL
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Documento Completo N° 18.873 Fecha: 09-III-2016
Esta Contraloría General ha debido abstenerse de dar curso al documento del epígrafe, que sobresee la investigación sumaria instruida en cumplimiento de lo ordenado en el oficio N° 79.736, de 2013, de este origen, por no haberse efectuado en el portal www.mercadópublico.cl, las aclaraciones que allí se indican, en consideración a que tal decisión no se aviene con el mérito de los antecedentes del proceso.
En efecto, de acuerdo con los medios de prueba allegados al expediente en estudio -en particular el testimonio de fojas 13 y siguientes-, se advierte que las aclaraciones ordenadas incorporar al respectivo pliego de condiciones no se ingresaron al aludido portal, y únicamente se incorporaron en la versión impresa en soporte papel de dichas bases, sin que se adjunte en la carpeta investigativa el documento que compruebe esa actuación.
Asimismo, en la referida declaración, se indica que el encargado de supervisar que la información se subiera al portal era el señor José Urbano, sin embargo, no consta que se haya tomado declaración a este funcionario público, siendo dable agregar que a fojas 18, la Jefa de Unidad de Adquisiciones de esa universidad, encargada de cumplir con lo requerido, expresa que no lo hizo por su desconocimiento en materias de licitaciones públicas.
Por otra parte, cabe considerar que la autoridad fundamenta su decisión de sobreseer en que “la omisión objeto del actual proceso disciplinario, no reviste las características de una falta administrativa, puesto no significó para la Universidad perjuicio alguno”, lo que importa confundir la responsabilidad administrativa con la civil, las que son independientes, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 120 de la ley N° 18.834.
Ahora bien, es útil anotar que la circunstancia de no haberse producido un detrimento a esa institución no constituye una razón suficiente para disponer el sobreseimiento del procedimiento sumarial, toda vez que se encuentra acreditado en autos la comisión de una infracción a los deberes estatutarios, sin que se justifique alguna causa que exima de responsabilidad administrativa a los servidores que incurrieron en la falta precedentemente descrita.
En mérito de lo expuesto, se representa el decreto de la suma con la finalidad de que esa superioridad disponga la reapertura del procedimiento disciplinario en examen, y determine la eventual responsabilidad funcionaria comprometida en la omisión de que se trata, para cuyo efecto deberá dictar el pertinente acto administrativo y remitir una copia a la Unidad de Seguimiento de la Fiscalía de este Órgano Contralor, dentro del plazo de 15 días hábiles contado desde la recepción del presente oficio.
Transcríbase a la Unidad de Seguimiento de la Fiscalía de esta Contraloría General.
Saluda atentamente a Ud.
Por orden del Contralor General
Osvaldo Vargas Zincke
Subcontralor General de la República
Subrogante
QUINCE DÍAS HÁBILES DE PLAZO PARA CORREGIR ERROR E INFORMAR A CONTRALORÍA GENERAL.
. DE : CONTRALORÍA GENERAL.CL
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Documento Completo N° 18.873 Fecha: 09-III-2016
Esta Contraloría General ha debido abstenerse de dar curso al documento del epígrafe, que sobresee la investigación sumaria instruida en cumplimiento de lo ordenado en el oficio N° 79.736, de 2013, de este origen, por no haberse efectuado en el portal www.mercadópublico.cl, las aclaraciones que allí se indican, en consideración a que tal decisión no se aviene con el mérito de los antecedentes del proceso.
En efecto, de acuerdo con los medios de prueba allegados al expediente en estudio -en particular el testimonio de fojas 13 y siguientes-, se advierte que las aclaraciones ordenadas incorporar al respectivo pliego de condiciones no se ingresaron al aludido portal, y únicamente se incorporaron en la versión impresa en soporte papel de dichas bases, sin que se adjunte en la carpeta investigativa el documento que compruebe esa actuación.
Asimismo, en la referida declaración, se indica que el encargado de supervisar que la información se subiera al portal era el señor José Urbano, sin embargo, no consta que se haya tomado declaración a este funcionario público, siendo dable agregar que a fojas 18, la Jefa de Unidad de Adquisiciones de esa universidad, encargada de cumplir con lo requerido, expresa que no lo hizo por su desconocimiento en materias de licitaciones públicas.
Por otra parte, cabe considerar que la autoridad fundamenta su decisión de sobreseer en que “la omisión objeto del actual proceso disciplinario, no reviste las características de una falta administrativa, puesto no significó para la Universidad perjuicio alguno”, lo que importa confundir la responsabilidad administrativa con la civil, las que son independientes, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 120 de la ley N° 18.834.
Ahora bien, es útil anotar que la circunstancia de no haberse producido un detrimento a esa institución no constituye una razón suficiente para disponer el sobreseimiento del procedimiento sumarial, toda vez que se encuentra acreditado en autos la comisión de una infracción a los deberes estatutarios, sin que se justifique alguna causa que exima de responsabilidad administrativa a los servidores que incurrieron en la falta precedentemente descrita.
En mérito de lo expuesto, se representa el decreto de la suma con la finalidad de que esa superioridad disponga la reapertura del procedimiento disciplinario en examen, y determine la eventual responsabilidad funcionaria comprometida en la omisión de que se trata, para cuyo efecto deberá dictar el pertinente acto administrativo y remitir una copia a la Unidad de Seguimiento de la Fiscalía de este Órgano Contralor, dentro del plazo de 15 días hábiles contado desde la recepción del presente oficio.
Transcríbase a la Unidad de Seguimiento de la Fiscalía de esta Contraloría General.
Saluda atentamente a Ud.
Por orden del Contralor General
Osvaldo Vargas Zincke
Subcontralor General de la República
Subrogante
Algunas explicaciones parecen un chiste malo del último festival.
ResponderEliminar¿Habrán hecho algún curso con ME-O o con Meruane durante el veraneo ?
Pobre Urbano, lo tienen de pushing-ball o para la patada y el combo, pese a ser tan buena persona.
ResponderEliminarY urbano tiene pal paipe a los porteros antiguos trabajadores de la Utem cambiadores los turnos y rotandolos mañana tarde noche.
EliminarCuando el Rector firmò el sobreseimiento estaba celebrando el dìa del PI.
ResponderEliminarY cuando se investigarán los trabajos truchos realizados por toda la Utem. Luis Silva compadre del vicerrector de finanzas que inventa trabajos y los hace sin supervision alguna.
EliminarOtra cosa que se debe investigar son los traslados de bienes en mal estado que se llevan de un edificio a otro con un alto costo en fletes (contrato por más de 20 millones)
Eliminar40 millones me dijo?? y siempre es el mismo y sería amigo de quien lo contrata
EliminarY el ayala quien sabe que cresta hace en la Universidad y en la vraf. Si es encontrario al Pinto pasa en reuniones en trabajo social y la facultad de humanidades
EliminarCastigo Divino
ResponderEliminarCastigo Divino??
EliminarObvio que nó.
Es la simple consecuencia de administrar el filo de la ley y los reglamentos pensando que todos, incluso la CGR, somos una tropa de tontos negligente que no controlan nada.
El Vraf hace rato que está haciendo lo que quiere.
ResponderEliminarEl Rector firma el sobreseimiento y Urbano contrata al Aguerito chico
ResponderEliminarSi el Rector no le hace una parada de carro a Urbanis; Al menos que lo haga la Contraloría.
ResponderEliminarComo siempre el rector y el CS ante estos graves dictamenes salen sin responsabilidad alguna ante la Contraloria General
ResponderEliminarPara eso se inventaron el la Administración pública los "capataces", que a cambio de un sueldo mejor y la promesa de protección de sus jefes, ponen su firma responsable en lo que éstos les piden que hagan.
EliminarEs la regla del juego y no tienen derecho a quejarse cuando les cae la teja.
Homero estará haciendo trabajos con su compadre?
ResponderEliminarPor eso ese empecinamiento con las demoliciones de Macul?.
El homero trajo a Luis Silva a trabajar en obras y a la mujer de este último como secretaria de Obras la encargada de tramitar la papeleria de los trabajos realizados por su esposo
ResponderEliminarEsto no tiene nombre y el Rector dirá que no tiene idea y que nadie le informó.
ResponderEliminarYo creo que en estos entuertos están todos involucrados; Rector, Simpson y Urbanis.
Que barbaridad!!!!!
ResponderEliminarPobre Utem, pobre !!!!!
ResponderEliminarEs el colmo como está entrando gente por la ventana, con el beneplácito del Rector y de Urbanis
ResponderEliminarHoy ingreso otro funcionario por la ventana el Jefe de Servicios generales casa central. Y las asociaciones de funcionarios ahí descansando en su sucucho.
ResponderEliminar¿ Habrá llegado directo desde las oficinas de Marcoleta?
EliminarSeguro que viene con un super sueldo y para hacer que si ese puesto está de mas
Eliminaresto cansa..una y otra vez mas de lo mismo y termina siendo siempre el ladron que persigue al policia...segundo sumario para urbano , con sobreseimiento durante las tertulias en Republica.
ResponderEliminarMe dan escalofrios, una red corrupta que hace lo que quiere con impunidad absoluta
Se prestará el nuevo Contralor para seguir la vieja política de mirar pal'techo después de emitir casi los mismos dictámenes dos o tres veces al año.
ResponderEliminarVarios han llegado por la ventana;............
ResponderEliminarCerda
Simpson
Agüero
Silva
Matamala
Quien más?
Muchos más.
EliminarEmpezando por el principal personaje de la Utem que en tiempos del ex rector designado Luis Ortiz lo metió dos veces por la ventana.
Entrando por la ventana
Eliminarsilva como encargado de mantenciones culpa del Simpson y una veintena de artesanos a su cargo
La mujer de Silva Secretaria
¿Para que están los artesanos de la Utem???
El tema de la asociación de funcionarios. Ya está bueno pongámonos las pilas y saquemos a estos seudo dirigentes sindicales que flojean con el beneplácito y complacencia de la autoridad con tal que no le agiten las masas.
ResponderEliminarLa hija de un seudo dirigente entró por la ventana de rectoria
ResponderEliminarLa hija y 2 sobrinos y este "dirigente" sin tener un lugar físico donde trabajar le pagan HORAS EXTRAS por no hacer nada de nada.
EliminarPor la ventana Ernesto Velasco y la hija de Carvallo.
ResponderEliminarLa pareja del Aguerito Chico
Por la ventana, la DGAI prácticamente entera
ResponderEliminarTodos los que hoy están en los puestos "estratégicos" entraron por la ventana. Ahora que han echo es difícil decir
EliminarY el Rector dirá que no tenía idea que entró la hija de Fernando
ResponderEliminarEsto se parece mucho a la amistad de la Dilma y Lula que se protegen las espaldas de los fiscales que los acosan.
EliminarPero al menos estos dos se tornan para ocupar el gobierno.
Les recuerdo, que cuando llegó el Gran Administrador Cerda, trajo 3 asesores.
ResponderEliminarUno tiene oficina en el 178 piso 4, otro en el piso 3 de vidaurre 1488 y el otro en pantoja frente a un laboratorio.
Yo he visto a 2 paseándose en casa central.
Cerda fue el hombre de confianza de Pinto, pese a todas las denuncias realizadas, hasta que ...
ResponderEliminarHasta qué ¿Que???? continúe pliss no nos deje con la copucha
EliminarLa única forma de corregir el error es sancionar al encargado de controlar que se suba la información y sancionar a quien no subió la información en esa unidad se mueve mucho dinero y la sanción debe ser drastica
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