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UN ESPACIO PARA LA REFLEXIÓN Y ANÁLISIS DE LA GESTIÓN DE LA UTEM Y LA DEFENSA DE LA MALTRATADA EDUCACIÓN PÚBLICA SUPERIOR. . NOTA EDITOR : Este sitio emplea cookies de Google para prestar sus servicios, para personalizar anuncios y para analizar el tráfico. Google recibe información sobre tu uso de este sitio web. Si utilizas este sitio web, se sobreentiende que aceptas el uso de cookies.
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viernes, 30 de enero de 2015
CERRANDO EL AÑO 2014 : UNA REFLEXIÓN ANALÓGICA ¿MÉDICO, ENFERMERO O SEPULTURERO ?
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LAS ANALOGÍAS, PODEROSAS, PERO PELIGROSAS HERRAMIENTAS EXPLICATIVAS, PUES PUEDEN CARICATURIZAR EL OBJETO DEL ANÁLISIS.
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Hace un par de días se presentó una reflexión del rol rectorial de los últimos cinco años, utilizando la analogía de la UTEM como "paciente crítico" y a su rector como su médico o su enfermero y eventualmente como su sepulturero.
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Del análisis de nuestra historia y de las actuaciones rectoriales no es sostenible sugerir que esta última condición sea aplicable al Sr. Luis Pint F., pues los hechos recientes han demostrado fehacientemente lo contrario.
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Quizáz, como consecuencia de algunos errores sistemáticos de su gestión se pudo temer un trágico desenlace, tal como los ocurridos con la U. del Mar, la U. Arcis y varias otras en rápido proceso de destrucción. Sin embargo, afortunadamente dichos errores no han tenido las graves consecuencias que se pudieron preveer; y, más aún, algunos se han corregido, como es el caso de acelerar y fortalecer la acreditación de carreras para robustecer la imágen institucional y cumplir con las exigencias lógicas del proceso de acreditación institucional.
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En consecuencia, el análisis analógico debiera reducirse a su rol como médico y enfermero jefe en los diagnósticos y tratamientos aplicados al paciente que recibió en estado crítico hace seis años atrás.
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EN DESARROLLO
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jueves, 29 de enero de 2015
FECh lanza video arremetiendo contra la reforma y llama a movilizarse este 2015
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Los estudiantes afirman que "ésta no es la reforma por la que nos movilizamos" y acusan que no fueron tomados en cuenta por el Gobierno en la elaboración del proyecto.
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LEER COMPLETO EN : LA SEGUNDA.COM / FECH
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miércoles, 28 de enero de 2015
---- 260.000 PÁGINAS VISITADAS Y CASI 12.000 DURANTE MES DE ENERO 2015
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ESTADÍSTICAS DE BLOGGER
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ESTADÍSTICAS ÚLTIMA SEMANA ENERO
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ESTADÍSTICAS MES DE ENERO 2015
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17 de ene. de 2015, 4 comentarios
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11 de ene. de 2015, 4 comentarios
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Rectora de U. Arcis: Si de aquí a marzo no llegan dineros, se aplicará administrador provisional
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Una inminente quiebra por un déficit de $3 mil millones ocurriría la próxima semana, según el sindicato, si la universidad no se hace cargo de las deudas que mantiene.
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LEER COMPLETO EN : LA SEGUNDA.COM / ARCIS
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ÚLTIMA SESIÓN DE ACTUAL CONSEJO SUPERIOR : DEJARÁN APROBADAS Y PUBLICADAS TODAS LAS ACTAS ANTERIORES ??
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EL BROCHE DE ORO DEL AÑO : APROBADO PRESUPUESTO CON IMPORTANTES AVANCES EN REASIGNACIÓN DE FONDOS DESDE LA VRAF A LA VRAC PARA FORTALECER LA DOCENCIA E INVESTIGACIÓN.
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DURANTE LOS DÍAS LUNES A MIÉRCOLES SE REALIZÓ UN TALLER CON LA PARTICIPACIÓN DE LOS SRS. CONSEJEROS (EXCEPTO SU PRESIDENTE) PREPARATORIA DE ESTE IMPORTANTE CONSEJO PARA AFINAR PUNTOS EN DISCUSIÓN Y MEJORAR PROPUESTA.
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MÁS AÚN : SE DEJARÓN APROBADAS LAS ACTAS PENDIENTES CON IMPORTANTES CORRECCIONES DE FONDO Y FORMA. PARA ACTA DE SESIÓN DE HOY SE FIJÓ COMPROMISO DE SOMETERLA APROBACIÓN ANTES DE LA ELECCIÓN DE CONSEJEROS DE MARZO.
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Vicerrectorías tendrán presupuestos aparte, lográndose importantes avances en sus elaboraciones, destacándose sus planes de mejoras en sus respectivos ámbitos.
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DGI se comprometió a presentar un Plan de Mejoras en Marzo y empezar a trabajar en la elaboración de su propio presupuesto para el 2016.
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Vraf se comprometió a mejorar su propuesta de compra de nuevo software de gestión que abarque todas las funciones estratégicas de la universidad y no sólo las de gestión propia.
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TAREA PARA EL AÑO 2015 : Lograr la acreditación de 10 carreras durante el curso del año, finalizando durante el primer semestre aquellas que ya empezaron a trabajar en ello, y agregar cinco más para el segundo semestre a fin de llegar el 2016 con 2/3 de las carreras acreditadas antes de la llegada de los Pares Evaluadores Institucionales.
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Presidenta de la República ofreció donar a la UTEM edicio incendiado de calle Dieciocho adjunto a Colegio de Contadores para que sea compartido con la Fundación Integra a fin de instalar Salas Cuna para hijos de funcionarios y estudiantes y algunas otras reparticiones públicas, además de otros usos académicos de la UTEM.
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En varios se analizó el problema que se deriva de los Sumarios que no se concluyen oportunamente y cuyos atrasos afectan gravemente los procesos eleccionarios que se desarrollarán en Marzo.
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EN DESARROLLO
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PATRICIO MATURANA NUEVAMENTE RECURRE A CONTRALORÍA GENERAL POR SUMARIO "CONTENIDO"
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DESDE NUESTRO CORREO :
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PRESENTACIÓN DE QUEJA POR SUMARIO "CONTENIDO" POR MÁS TIEMPO DEL NECESARIO.
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EN DESARROLLO
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EN DESARROLLO
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martes, 27 de enero de 2015
LAS LECCIONES DEL CASO PENTA : CUARENTA AÑOS HACIENDO LOS QUE SE LES DABA LAS GANAS : HASTA QUE ...
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UN CASO PARA REFLEXIONAR
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UN "SABIO" POLÍTICO, QUE BIEN SABÍA QUE LAS INSTITUCIONES DE CONTROL DEL ESTADO FUNCIONAN POCO Y MAL, SOLÍA DECIR: "DEJAD QUE LAS INSTITUCIONES FUNCIONEN" ( HASTA QUÉ .... ).
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Bien lo saben, también, los antiguos funcionarios, tanto académicos como no académicos, que se puede estirar el elástico casi hasta el infinito, pero que a veces, como consecuencia del engolosinamiento progresivo de algunos pocos y otros no tan pocos, se despiertan sorpresivamente los mecanismos de control cuando alguien sobrepasado por los abusos hace estallar un escándalo poco digerible.
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En Penta el escándalo se destapó por el lado menos esperado. Un martillero a punto de morir por una grave enfermedad se decidió a confesar sus múltiples delitos tributarios, posiblemente a cambio de recibir un mejor trato por entregar a los principales beneficiados de esos delitos tributarios. De allí a llegar al Gerente General de Penta y sus múltiples vínculos sólo faltaba un paso.
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Es probable que por la magnitud e importancia de las personas involucradas, poco a poco se diluyan las responsabilidades y luego de algunos años se sepa por los diarios que hubo condenas para algunos personajes menores que pusieron sus firmas en documentos claves.
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EN DESARROLLO
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Bien lo saben, también, los antiguos funcionarios, tanto académicos como no académicos, que se puede estirar el elástico casi hasta el infinito, pero que a veces, como consecuencia del engolosinamiento progresivo de algunos pocos y otros no tan pocos, se despiertan sorpresivamente los mecanismos de control cuando alguien sobrepasado por los abusos hace estallar un escándalo poco digerible.
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En Penta el escándalo se destapó por el lado menos esperado. Un martillero a punto de morir por una grave enfermedad se decidió a confesar sus múltiples delitos tributarios, posiblemente a cambio de recibir un mejor trato por entregar a los principales beneficiados de esos delitos tributarios. De allí a llegar al Gerente General de Penta y sus múltiples vínculos sólo faltaba un paso.
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Es probable que por la magnitud e importancia de las personas involucradas, poco a poco se diluyan las responsabilidades y luego de algunos años se sepa por los diarios que hubo condenas para algunos personajes menores que pusieron sus firmas en documentos claves.
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EN DESARROLLO
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TAREA PARA EL VERANO
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DIPUTADO GABRIEL BORIC QUEDA SÓLO RECHAZANDO ACUERDOS MITIGADORES DE LA REFORMA EDUCACIONAL ALCANZADOS EN EL SENADO
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ECHÁNDOLE PELOS A LA SOPA A LA CELEBRACIÓN
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ECHÁNDOLE PELOS A LA SOPA A LA CELEBRACIÓN
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“No pueden aprobar aspectos de esta reforma que van en contra de lo que hemos luchado en las calles hace tantos años”
"Les decimos fraternalmente a los compañeros de Revolución Democrática, a los compañeros del Partido Comunista y Progresista, a las bases e incluso a parlamentarios del Partido Socialista y Democracia Cristiana, que para esta reforma y para lo que viene tenemos que destinar todos nuestros esfuerzos a construir la unidad de las fuerzas sociales, antes de preocuparnos de la unidad del Gobierno", interpeló el diputado.
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El diputado por Magallanes, Gabriel Boric, realizó una dura intervención durante la discusión en la Cámara de Diputados de la Reforma Educacional, que busca poner fin al lucro, copago y selección.
“Este proyecto que ha abordado un pequeño aspecto de la educación chilena, no termina con la selección, sobreviven los subsidios y los ‘vouchers’ y la competencia obligatoria de una educación de mercado. No se construye una alternativa en la educación pública, entonces entramos en una paradoja que ha sido propia de la transición a la democracia: financiamos el mercado y lo pagamos todo con platas de todos”, aseguró el ex líder estudiantil.
“Pero las fuerzas democráticas y de cambio tenemos que hacernos una autocrítica. ¿Es el Senado el que ha revertido los cambios más relevantes de este proyecto? ¿Hemos asumido acaso la estrategia correcta? Es a este mismo Parlamento al que las fuerzas democráticas y de cambios hemos llegado conscientes de que la autocrítica siempre debe partir por lo mismo porque es la base”.
LEER COMPLETO EN : EL MOSTRADOR.COM / BORIC
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NOTA EDITOR : Si bien el diputado Boric tiene razón en su argumentación abstracta que apunta a la esencia de las demandas de los dirigentes estudiantiles del 2011, no menos cierto es que en esta ocasión lo aprobado se puede calificar propiamente de Reformas en la Medida de lo Posible, pues el gobierno hizo todo realmente todo lo que estuvo a su mano para evitar las mitigaciones que se introdujeron en el Senado de la mano de la DC que actuó en representación de las clases medias emergentes que constituyen su base electoral.
Pretender que la DC u cualquier otro grupo político se haga un harakiri tras un proyecto relevante, pero profundamente teórico, es una utopía.
Por lo demás, el fantasma del Transantiago, proyecto teórico ideal que supuestamente resolvería definitivamente los problemas del transporte de Santiago, pena en torno de cualquier iniciativa que ponga en riesgo el desarrollo económico o el funcionamiento de los sistemas sociales debido a los quiebres de rutinas o prácticas consagradas durante un largo tiempo.
Así también la experiencia de Hollande en Francia, reducido al mayor desprestigio político imaginable, se yergue como una poderosa espada de Damócles sobre cualquier gobierno que quiera introducir cambios drásticos en los sistemas económicos o sociales de un país.
Finalmente, algún día comprenderemos, o mejor dicho sabremos, la verdadera razón del porqué el gobierno optó por iniciar la reforma educacional por el tan criticado camino de No al Lucro, No a la Selección y No al Copago en lugar de empezar por el camino, 'aparentemente más lógico' de mejorar la desprestigiada educación municipal, tal como lo sugirió la Sra. Presidenta en algún momento de la discusión.
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NOTA EDITOR : Si bien el diputado Boric tiene razón en su argumentación abstracta que apunta a la esencia de las demandas de los dirigentes estudiantiles del 2011, no menos cierto es que en esta ocasión lo aprobado se puede calificar propiamente de Reformas en la Medida de lo Posible, pues el gobierno hizo todo realmente todo lo que estuvo a su mano para evitar las mitigaciones que se introdujeron en el Senado de la mano de la DC que actuó en representación de las clases medias emergentes que constituyen su base electoral.
Pretender que la DC u cualquier otro grupo político se haga un harakiri tras un proyecto relevante, pero profundamente teórico, es una utopía.
Por lo demás, el fantasma del Transantiago, proyecto teórico ideal que supuestamente resolvería definitivamente los problemas del transporte de Santiago, pena en torno de cualquier iniciativa que ponga en riesgo el desarrollo económico o el funcionamiento de los sistemas sociales debido a los quiebres de rutinas o prácticas consagradas durante un largo tiempo.
Así también la experiencia de Hollande en Francia, reducido al mayor desprestigio político imaginable, se yergue como una poderosa espada de Damócles sobre cualquier gobierno que quiera introducir cambios drásticos en los sistemas económicos o sociales de un país.
Finalmente, algún día comprenderemos, o mejor dicho sabremos, la verdadera razón del porqué el gobierno optó por iniciar la reforma educacional por el tan criticado camino de No al Lucro, No a la Selección y No al Copago en lugar de empezar por el camino, 'aparentemente más lógico' de mejorar la desprestigiada educación municipal, tal como lo sugirió la Sra. Presidenta en algún momento de la discusión.
¡¡¡ Un acertijo !!!
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APROBADA FINALMENTE LA REFORMA EDUCACIONAL DE NO AL LUCRO, NO A LA SELECCIÓN Y NO AL COPAGO, OPOSICIÓN LLEVARÁ TRES PUNTOS CLAVES DE LA DISCUSIÓN AL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
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DE EL MOSTRADOR.CL
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LOS TRES PUNTOS QUE DEBERÁ DIRIMIR EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
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DE EL MOSTRADOR.CL
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LOS TRES PUNTOS QUE DEBERÁ DIRIMIR EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
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Son tres los puntos de la Reforma Educacional que llevará la UDI frente al Tribunal Constitucional.
- Primero está la prohibición de la selección, debido a que podría atentar contra la libertad de enseñanza, determinada en el art. 19 N° 11 de la Constitución, que establece que la libertad de enseñanza incluye el derecho de los sostenedores a “abrir, organizar y mantener establecimientos educacionales.
La libertad de enseñanza no tiene otras limitaciones impuestas por la moral, las buenas costumbres, el orden público y la seguridad nacional. La enseñanza reconocida oficialmente no podrá orientarse a propagar tendencia político partidista alguna. Los padres tienen el derecho de escoger el establecimiento de enseñanza para sus hijos”.
- La otra carta del gremialismo es el arriendo de colegios, también basándose en la libertad de enseñanza.
- Seguido por la norma que prohíbe a los colegios cobrar una retribución a los apoderados, aunque exista la disposición a pagar por parte de éstos, basados asimismo en el principio de la libertad de enseñanza y el “derecho a abrir, organizar y mantener establecimientos educacionales”, por parte de los sostenedores.
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LEER COMPLETO EN : EL MOSTRADOR.CL / CAMILA VALLEJOS
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LEER COMPLETO EN : EL MOSTRADOR.CL / CAMILA VALLEJOS
NOTA EDITOR : Si el tribunal acogiese estas observaciones, la reforma recién aprobada quedaría prácticamente en nada.
lunes, 26 de enero de 2015
UNA SEMANA MUY TRANQUILA PRECEDE EL RECESO VERANIEGO AD PORTAS??
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HAB8ENDO CADI FINALIZADA LA REFORMA EDUCACIONAL PRIMERA PARTE, MARZO VENDRÁ CARGADO DE NOVEDADES UNIVERSITARIAS.
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EN DESARROLLO
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HAB8ENDO CADI FINALIZADA LA REFORMA EDUCACIONAL PRIMERA PARTE, MARZO VENDRÁ CARGADO DE NOVEDADES UNIVERSITARIAS.
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EN DESARROLLO
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sábado, 24 de enero de 2015
EL RANKING DE LECTURAS DE LA SEMANA
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16 de ene. de 2015, 15 comentarios
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21 de ene. de 2015, 17 comentarios
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21 de ene. de 2015, 12 comentarios
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21 de ene. de 2015
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23 de ene. de 2015, 3 comentarios
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20 de ene. de 2015, 4 comentarios
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21 de ene. de 2015
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CGR : COSCACHOS JURÍDICOS A DIESTRA Y SINIESTRA
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DICTAMEN N° 4.581 Fecha: 16-I-2015
La Dirección del Trabajo ha remitido a esta Contraloría General una presentación del señor Víctor Sandoval Hernández y de la señora Laura Flores Fuentes, Presidente y Tesorera del Sindicato de Trabajadores N° 1 del “Instituto Superior de Comercio N° 1 Diego Portales”, ex A-56 de Ñuñoa, respectivamente, en la que consultan sobre la posibilidad de que la autoridad modifique unilateralmente algunas cláusulas establecidas en un contrato colectivo de trabajo, las que, según lo expuesto en el artículo 348 del Código del Trabajo, deben entenderse incorporadas en sus acuerdos individuales, una vez que aquél se extinguió.
En su informe, el Director Jurídico de la Universidad Tecnológica Metropolitana -UTEM-, casa de estudios que actualmente administra el referido centro de enseñanza, sostiene que sus actuaciones tienen su fundamento en lo dispuesto por el Estatuto Docente y el Código del Trabajo.
Como cuestión previa, cabe indicar que el artículo 78 de la ley N° 19.070, Estatuto de los Profesionales de la Educación, prescribe que las relaciones laborales existentes en los establecimientos cuya administración se rige por el decreto ley N° 3.166, de 1980, como es el caso de la especie, serán de derecho privado, y se regirán por el Código del Trabajo.
Enseguida, es del caso puntualizar que si bien el vínculo laboral de quienes se desempeñan en el instituto de que se trata está regulado por el Código del Trabajo, sus servidores poseen la calidad de funcionarios públicos, tal como se precisó en el dictamen No 61.904, de 2011, de este origen. Sin embargo, al momento de la suscripción del contrato colectivo en cuestión, el anotado establecimiento educacional era gestionado por una entidad privada, por lo que en esa época sus empleados no poseían la reseñada condición y, por ende, podían negociar colectivamente.
Aclarado lo anterior, procede recordar que según lo ordenado en el citado artículo 348, las estipulaciones de los contratos colectivos reemplazarán, en lo pertinente, a las contenidas en los acuerdos individuales de los trabajadores que sean parte de aquéllos y a quienes se les apliquen sus normas, agregando su inciso segundo que extinguido el primero -como ocurre en la situación que nos ocupa-, sus cláusulas subsistirán como integrantes de los segundos.
Ahora bien, con arreglo a lo indicado los peticionarios alegan que en dicho instrumento se pactó que el tiempo de colación de los asistentes de la educación se entiende incorporado en su jornada de trabajo, por lo que ello no podría ser alterado, como lo pretende la autoridad universitaria.
Al respecto, es pertinente hacer presente que considerando que, según ya se anotó, el mencionado precepto legal dispone que las cláusulas del contrato colectivo subsisten incluso una vez que éste ha terminado, entendiéndose incorporadas a los acuerdos individuales, ellas resultan vinculantes para quien sucede al empleador de la época de su celebración.
Conforme a lo señalado, y dado que actualmente el individualizado instituto es administrado por la UTEM, es dable concluir que la superioridad de esa casa de estudios no puede modificar unilateralmente el aspecto por el que se consulta, toda vez que esta materia fue definida en un instrumento colectivo.
No obsta a lo manifestado, lo establecido en el artículo 12 del aludido cuerpo normativo, en cuanto permite alterar, sin el consentimiento del trabajador, la distribución de la jornada laboral hasta en sesenta minutos, sea anticipando o postergando la hora de ingreso.
En efecto, como puede advertirse, el citado precepto habilita al empleador para variar unilateralmente un contrato de trabajo sólo para los fines que en él se mencionan, de manera que extender el ejercicio de esa facultad a otros supuestos, como acontecería al excluir de la jornada de trabajo el horario de colación, no se ajusta a derecho, toda vez que ello no importa una anticipación o postergación de aquélla, sino que una modificación de la extensión de la misma.
Por otra parte, los recurrentes exponen que su empleador pretende que los docentes lleven a cabo las denominadas horas de permanencia o colaboración, sin que conste que con anterioridad ello les haya sido exigido, solicitando, además, un pronunciamiento acerca de cómo se remuneran aquellos períodos.
Al respecto, es útil señalar que este Organismo de Control entiende que la alegación de los afectados dice relación con la posibilidad de ejecutar actividades curriculares no lectivas, materia que fue abordada en el punto 2.2. del referido acuerdo colectivo, el que, además, reguló los montos que se pagarán por tal concepto, lo que permite sostener que la superioridad está facultada para ordenar su realización, sin que obste la circunstancia de que hasta la fecha ello no les hubiese sido requerido.
Transcríbase a la Dirección del Trabajo y a la Universidad Tecnológica Metropolitana.
Saluda atentamente a Ud.
Patricia Arriagada Villouta
Contralor General de la República
Subrogante
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DICTAMEN N° 2.555 Fecha: 12-I-2015
Se ha dirigido a esta Contraloría General don Andrés Carrillo López, Director del Departamento de Matemática de la Universidad Tecnológica Metropolitana -UTEM-, adjuntando una serie de documentos relativos a un eventual traslado de doña Lucia Bozzo Reyes, secretaria de la aludida unidad, quien tiene la calidad de dirigente gremial.
Sobre el particular, cumple con señalar que de acuerdo con lo dispuesto en la letra b) del artículo 30 de la ley N° 19.880, las presentaciones que se dirijan a este Organismo de Control deben contener peticiones precisas y concretas, sin que proceda emitir informes en razón de requerimientos que no cumplan con tales supuestos, como ocurre en la especie.
Atendido lo expuesto, esta Entidad Fiscalizadora se abstiene de pronunciarse al respecto.
Saluda atentamente a Ud.
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Ramiro Mendoza Zúñiga
Contralor General de la República
DICTAMEN N° 4.581 Fecha: 16-I-2015
La Dirección del Trabajo ha remitido a esta Contraloría General una presentación del señor Víctor Sandoval Hernández y de la señora Laura Flores Fuentes, Presidente y Tesorera del Sindicato de Trabajadores N° 1 del “Instituto Superior de Comercio N° 1 Diego Portales”, ex A-56 de Ñuñoa, respectivamente, en la que consultan sobre la posibilidad de que la autoridad modifique unilateralmente algunas cláusulas establecidas en un contrato colectivo de trabajo, las que, según lo expuesto en el artículo 348 del Código del Trabajo, deben entenderse incorporadas en sus acuerdos individuales, una vez que aquél se extinguió.
En su informe, el Director Jurídico de la Universidad Tecnológica Metropolitana -UTEM-, casa de estudios que actualmente administra el referido centro de enseñanza, sostiene que sus actuaciones tienen su fundamento en lo dispuesto por el Estatuto Docente y el Código del Trabajo.
Como cuestión previa, cabe indicar que el artículo 78 de la ley N° 19.070, Estatuto de los Profesionales de la Educación, prescribe que las relaciones laborales existentes en los establecimientos cuya administración se rige por el decreto ley N° 3.166, de 1980, como es el caso de la especie, serán de derecho privado, y se regirán por el Código del Trabajo.
Enseguida, es del caso puntualizar que si bien el vínculo laboral de quienes se desempeñan en el instituto de que se trata está regulado por el Código del Trabajo, sus servidores poseen la calidad de funcionarios públicos, tal como se precisó en el dictamen No 61.904, de 2011, de este origen. Sin embargo, al momento de la suscripción del contrato colectivo en cuestión, el anotado establecimiento educacional era gestionado por una entidad privada, por lo que en esa época sus empleados no poseían la reseñada condición y, por ende, podían negociar colectivamente.
Aclarado lo anterior, procede recordar que según lo ordenado en el citado artículo 348, las estipulaciones de los contratos colectivos reemplazarán, en lo pertinente, a las contenidas en los acuerdos individuales de los trabajadores que sean parte de aquéllos y a quienes se les apliquen sus normas, agregando su inciso segundo que extinguido el primero -como ocurre en la situación que nos ocupa-, sus cláusulas subsistirán como integrantes de los segundos.
Ahora bien, con arreglo a lo indicado los peticionarios alegan que en dicho instrumento se pactó que el tiempo de colación de los asistentes de la educación se entiende incorporado en su jornada de trabajo, por lo que ello no podría ser alterado, como lo pretende la autoridad universitaria.
Al respecto, es pertinente hacer presente que considerando que, según ya se anotó, el mencionado precepto legal dispone que las cláusulas del contrato colectivo subsisten incluso una vez que éste ha terminado, entendiéndose incorporadas a los acuerdos individuales, ellas resultan vinculantes para quien sucede al empleador de la época de su celebración.
Conforme a lo señalado, y dado que actualmente el individualizado instituto es administrado por la UTEM, es dable concluir que la superioridad de esa casa de estudios no puede modificar unilateralmente el aspecto por el que se consulta, toda vez que esta materia fue definida en un instrumento colectivo.
No obsta a lo manifestado, lo establecido en el artículo 12 del aludido cuerpo normativo, en cuanto permite alterar, sin el consentimiento del trabajador, la distribución de la jornada laboral hasta en sesenta minutos, sea anticipando o postergando la hora de ingreso.
En efecto, como puede advertirse, el citado precepto habilita al empleador para variar unilateralmente un contrato de trabajo sólo para los fines que en él se mencionan, de manera que extender el ejercicio de esa facultad a otros supuestos, como acontecería al excluir de la jornada de trabajo el horario de colación, no se ajusta a derecho, toda vez que ello no importa una anticipación o postergación de aquélla, sino que una modificación de la extensión de la misma.
Por otra parte, los recurrentes exponen que su empleador pretende que los docentes lleven a cabo las denominadas horas de permanencia o colaboración, sin que conste que con anterioridad ello les haya sido exigido, solicitando, además, un pronunciamiento acerca de cómo se remuneran aquellos períodos.
Al respecto, es útil señalar que este Organismo de Control entiende que la alegación de los afectados dice relación con la posibilidad de ejecutar actividades curriculares no lectivas, materia que fue abordada en el punto 2.2. del referido acuerdo colectivo, el que, además, reguló los montos que se pagarán por tal concepto, lo que permite sostener que la superioridad está facultada para ordenar su realización, sin que obste la circunstancia de que hasta la fecha ello no les hubiese sido requerido.
Transcríbase a la Dirección del Trabajo y a la Universidad Tecnológica Metropolitana.
Saluda atentamente a Ud.
Patricia Arriagada Villouta
Contralor General de la República
Subrogante
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DICTAMEN N° 2.555 Fecha: 12-I-2015
Se ha dirigido a esta Contraloría General don Andrés Carrillo López, Director del Departamento de Matemática de la Universidad Tecnológica Metropolitana -UTEM-, adjuntando una serie de documentos relativos a un eventual traslado de doña Lucia Bozzo Reyes, secretaria de la aludida unidad, quien tiene la calidad de dirigente gremial.
Sobre el particular, cumple con señalar que de acuerdo con lo dispuesto en la letra b) del artículo 30 de la ley N° 19.880, las presentaciones que se dirijan a este Organismo de Control deben contener peticiones precisas y concretas, sin que proceda emitir informes en razón de requerimientos que no cumplan con tales supuestos, como ocurre en la especie.
Atendido lo expuesto, esta Entidad Fiscalizadora se abstiene de pronunciarse al respecto.
Saluda atentamente a Ud.
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Ramiro Mendoza Zúñiga
Contralor General de la República
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