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Dictamen | 097481N15 | ||||
N° 97.481 Fecha : 09-XII-2015 Esta Entidad de Control ha debido abstenerse de dar curso al instrumento del epígrafe, que sobresee la investigación sumaria instruida con motivo de la observación contenida en el numeral 2.2 del Informe de Investigación Especial N° 30, de 2014, de este origen, sobre Presuntas Irregularidades en el Proceso de Licitación Pública ID N° 5251-18-LP-14, efectuada a través del portal Mercado Público, por la Universidad Tecnológica Metropolitana -UTEM-, atendido que esa indagación se encuentra incompleta. Al respecto, cabe manifestar que en el referido acápite se estableció que en las bases de la mencionada licitación, en el factor especificaciones técnicas, la referida universidad se limitó a señalar que el máximo puntaje lo obtendría la empresa que presentara las características exigidas en cada parámetro de evaluación, pero sin fijar los mecanismos objetivos para la medición de esos ítems, omisión que constituye una infracción al artículo 38 del decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprobó el reglamento de la ley N° 19.886. Pues bien, es necesario expresar que de las declaraciones que rolan a fojas 76 a 80 de autos, se advierte que en ese proceso disciplinario no se practicaron las diligencias conducentes a establecer la eventual responsabilidad de los funcionarios que elaboraron las bases concursales, que es donde reside la objeción contenida en el precitado numeral 2.2 del indicado informe final. En mérito de lo expuesto, se representa el instrumento de la suma, y se devuelve con sus antecedentes, con el objeto que esa superioridad ordene la reapertura del procedimiento en estudio y disponga que se realicen las diligencias destinadas a determinar la responsabilidad estatutaria que se derive de la observación formulada en el aludido informe, para lo cual deberá dictar el acto administrativo pertinente y remitir una copia a la Unidad de Seguimiento de la Fiscalía de este Órgano de Control, dentro del plazo de 15 días hábiles contado desde la recepción del presente oficio. Transcríbase a la Unidad de Seguimiento de la Fiscalía de esta Contraloría General. Saluda atentamente a Ud. Osvaldo Vargas Zincke Contralor General de la República Subrogante |
Con estos mecanismos la autoridad central tiene a los funcionarios clave, de su confianza, comiendo directamente de su mano.
ResponderEliminarEn este caso el asunto se agrava pues el funcionario aludido acaba de asumir una responsabilidad institucional mucho más alta pese a haber estado sumariado por largo tiempo y sobreseido poco antes de su ascenso.
¿Tendrá algo que decir en este asunto el Consejo Superior ?
Ojalá que el "interventor-reforzador" que nos envíe el MINEDUC se preocupe un poco de ponerle coto a los excesos jurídicos de nuestrsa máxima autoridad universitaria.
ResponderEliminarEl jurídico coscachado será nuestro actual y esplendoroso Contralor Universitario?
ResponderEliminarobvio nuestro ex jurídico juega a las sillitas musicales manteniéndose con las prerrogativas de los cargos que ha detentado aun cuando por donde pasa es sometido a sumarios de los cuales sale asombrosamente invicto
ResponderEliminarLa dirección jurídica debe renunciar completa ni al cachipun ganarán algo
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