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LA GRAVEDAD DE LAS IRREGULARIDADES COMETIDAS EN EL RETRASO DEL PROCESO DE APROBACIÓN DE REGLAMENTO DE ELECCIONES DEL CONSEJO SUPERIOR Y EN LA CONVOCATORIA DE LA RESPECTIVA ELECCIÓN REQUIEREN LA INTERVENCIÓN DE LA CONTRALORÍA GENERAL PUESTO QUE SE HA SOBREPASADO LARGAMENTE LOS LÍMITES DE TOLERANCIA.
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ASI TAMBIÉN CONTRALORÍA GENERAL DEBERÁ PRONUNCIARSE EXPLÍCITAMENTE SOBRE LA PARTICIPACIÓN DE LOS COLEGAS PART-TIME CONTRATADOS A HONORARIOS, PUES EL ESTATUTO LES RECONOCEN SU CALIDAD DE ACADÉMICOS Y EL NUEVO REGLAMENTO ESTABLECE QUE TODOS LOS ACADÉMICOS TENDRÁN DERECHO A VOTO CON IDÉNTICA PONDERACIÓN.
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DE ACUERDO AL DICTAMEN DE CONTRALORÍA GENERAL N° 70.933 (*) DEL 15 DE NOVIEMBRE 2012, LA UTEM DEBÍA ACATAR LO INDICADO POR DICHO ORGANISMO EN ANTERIOR DICTÁMEN N° 22.340 DEL 2012 QUE ORDENABA MODIFICAR EL REGLAMENTO DE ELECCIONES DEL CONSEJO SUPERIOR, DADO QUE ESTIPULABA REQUISITOS QUE EXCEDÍAN LO ESTABLECIDO EN EL ESTATUTO DE LA UNIVERSIDAD. (*) VER EN : http://afautem.blogspot.com/2012/11/dictamen-70933-de-contraloria-general.html
DE ACUERDO AL DICTAMEN DE CONTRALORÍA GENERAL N° 70.933 (*) DEL 15 DE NOVIEMBRE 2012, LA UTEM DEBÍA ACATAR LO INDICADO POR DICHO ORGANISMO EN ANTERIOR DICTÁMEN N° 22.340 DEL 2012 QUE ORDENABA MODIFICAR EL REGLAMENTO DE ELECCIONES DEL CONSEJO SUPERIOR, DADO QUE ESTIPULABA REQUISITOS QUE EXCEDÍAN LO ESTABLECIDO EN EL ESTATUTO DE LA UNIVERSIDAD. (*) VER EN : http://afautem.blogspot.com/2012/11/dictamen-70933-de-contraloria-general.html
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SIN EMBARGO, LA MODIFICACIÓN SOLICITADA POR CONTRALORÍA GENERAL FUE ESTABLECIDA SÓLO EL 19 DE DICIEMBRE MEDIANTE LA RESOLUCIÓN EXENTA 06898, LUEGO DE SER APROBADAS LAS MODIFICACIONES POR EL CONSEJO SUPERIOR. ES DECIR, UN MES Y CUATRO DÍAS DESPUÉS DE SER RECEPCIONADA LA INSTRUCCIÓN DE LA C.G.R.
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DE ACUERDO AL REGLAMENTO DE ELECCIONES DE LOS REPRESENTANTES ACADÉMICOS DEL CONSEJO SUPERIOR, LA FECHA TOPE PARA CONVOCAR DICHA ELECCIÓN ERA EL 27 DE NOVIEMBRE. SIN EMBARGO, DICHA CONVOCATORIA SE REALIZÓ EL DÍA 19 DE DICIEMBRE. ES DECIR, 22 DÍAS DESPUÉS DE HABERSE CUMPLIDO EL PLAZO MÁXIMO ESTIPULADO EN EL REGLAMENTO DE ELECCIÓN.
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A LO ANTERIOR, DEBE AGREGARSE EL DEFICIT DE INFORMACIÓN OFICIAL DEL PROCESO ELECTORAL QUE SÓLO EL 28 DE DICIEMBRE ENVÍA EL PRIMER COMUNICADO POR UTEM-TODOS A LAS 15:22 hrs. INDICANDO EL LISTADO DE ELECTORES ELABORADO POR RRHH. y, A LAS 19:08 hrs. COMPLEMENTA CON LA RESOLUCIÓN EXENTA 06998. (Posteriormente, el día 08 de Enero a las 17:05 se envía otro mail adjuntando la Resolución 6899 que realiza la convocatoria propiamente tal para el 13 de Marzo; y además : el cronograma de trabajo del Tricel, iniciado el 19 de Diciembre y finalmente un Certificado extendido por el Secretario General (**) con la aprobación del Consejo Superior de las modificaciones hechas al reglamento de elección). (**) Nota : Llama la atención que el Secretario General otorgue un certificado de acuerdos del Consejo sin que el Acta de la Sesión se haya aprobado oficialmente).
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SIN EMBARGO, LA MODIFICACIÓN SOLICITADA POR CONTRALORÍA GENERAL FUE ESTABLECIDA SÓLO EL 19 DE DICIEMBRE MEDIANTE LA RESOLUCIÓN EXENTA 06898, LUEGO DE SER APROBADAS LAS MODIFICACIONES POR EL CONSEJO SUPERIOR. ES DECIR, UN MES Y CUATRO DÍAS DESPUÉS DE SER RECEPCIONADA LA INSTRUCCIÓN DE LA C.G.R.
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DE ACUERDO AL REGLAMENTO DE ELECCIONES DE LOS REPRESENTANTES ACADÉMICOS DEL CONSEJO SUPERIOR, LA FECHA TOPE PARA CONVOCAR DICHA ELECCIÓN ERA EL 27 DE NOVIEMBRE. SIN EMBARGO, DICHA CONVOCATORIA SE REALIZÓ EL DÍA 19 DE DICIEMBRE. ES DECIR, 22 DÍAS DESPUÉS DE HABERSE CUMPLIDO EL PLAZO MÁXIMO ESTIPULADO EN EL REGLAMENTO DE ELECCIÓN.
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A LO ANTERIOR, DEBE AGREGARSE EL DEFICIT DE INFORMACIÓN OFICIAL DEL PROCESO ELECTORAL QUE SÓLO EL 28 DE DICIEMBRE ENVÍA EL PRIMER COMUNICADO POR UTEM-TODOS A LAS 15:22 hrs. INDICANDO EL LISTADO DE ELECTORES ELABORADO POR RRHH. y, A LAS 19:08 hrs. COMPLEMENTA CON LA RESOLUCIÓN EXENTA 06998. (Posteriormente, el día 08 de Enero a las 17:05 se envía otro mail adjuntando la Resolución 6899 que realiza la convocatoria propiamente tal para el 13 de Marzo; y además : el cronograma de trabajo del Tricel, iniciado el 19 de Diciembre y finalmente un Certificado extendido por el Secretario General (**) con la aprobación del Consejo Superior de las modificaciones hechas al reglamento de elección). (**) Nota : Llama la atención que el Secretario General otorgue un certificado de acuerdos del Consejo sin que el Acta de la Sesión se haya aprobado oficialmente).
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Ni en la más afiebrada tarde me lo habría imaginado. ¡Un hombre un voto con igual ponderación independientemente del tipo de contrato!
ResponderEliminarDemasiada libertad y democracia en la UTEM el Rector Luis Pinto no lo va a permitir.
Para que estas cosas no sigan ocurriendo: DR. TORRES, nuestro consejero.
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