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jueves, 6 de octubre de 2016

LA DISCUSIÓN POR L DEFINICIÓN DEL CARÁCTER PÚBLICO UNIVERSITARIO

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POR : PABLO VENEGAS
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El proyecto de Reforma a la Educación presentado por el Ministerio no se orienta por una comprensión de la educación como un derecho, tampoco busca el fortalecimiento de la Educación Superior al interior de un régimen de lo público. Cuestiones, ambas, que debieran constituir la columna vertebral y horizonte de la reforma.
No es suficiente que una universidad se declare “de vocación pública” para que así sea. 

Debe regirse por normas internas que hagan posible este compromiso con lo público. 

Pero, más importante aún es que el Estado opere con un sistema de regulación que oriente a que todas las instituciones de educación superior que reciben financiamiento estatal operen bajo un régimen de lo público. 

Esto es: sin lucro efectivo, pluralistas, laicas, autónomas respecto de cualquier interés de grupos ajenos a la propia universidad, es decir, sin sujeción al control unilateral de algún interés particular, sea este de orden económico, político o religioso. 

(...).
LEER COMPLETO EN : EL MOSTRADOR.CL

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